El Absolutismo

 

Absolutismo

“El Estado soy yo”. La conocida sentencia de Luis XIV de Francia resume en pocas palabras la esencia del absolutismo: un régimen político en el que una persona, el soberano, ejerce el poder con carácter absoluto, sin límites jurídicos ni de ninguna otra naturaleza.

            Resulta totalmente artificial oponer los tumultos de la Reforma a la soberana majestad del “siglo de Luis XIV”. 

            Bajo diversas formas, el absolutismo ha sido la forma de gobierno de muchos países en distintas épocas. Sin embargo, se ha reservado dicho término para designar, en un sentido específico, el ejercicio del poder en un momento histórico y espacial concreto: el de las monarquías[1] absolutas europeas de los siglos XVI al XVIII. Muchos autores distinguen un primer período, correspondiente al siglo XVI, de monarquía autoritaria, que no llegaría a ser plenamente absoluta hasta mediados de la centuria siguiente.

            El siglo XVI, es un siglo innovador. Lo es también en el campo de las ideas políticas. La Europa de comienzos del siglo XVI es un mosaico de cuerpos políticos muy diferentes. Junto a reinos diversamente organizados, pero ya sólidamente implantados en su independencia nacional, existen repúblicas urbanas y señoríos nacidos en torno a una ciudad, así como principados laicos o eclesiásticos, cuya autonomía es tan efectiva en Alemania como en la Italia desembarazada de la ficción misma del poder imperial.

            El siglo XVII es un siglo de crisis. Crisis económicas, políticas, guerras, desorden de los Países Bajos, religiosas y crisis intelectuales.

            En vinculación con el progreso del poder real en ciertos Estados, se elabora una doctrina -la del absolutismo- que se define como una soberanía monárquica sin límites y sin control, que no reconoce a los súbditos más que el deber de obedecer. El absolutismo sale aparentemente reforzado de estas crisis. El siglo XVII se nos muestra así como el apogeo del absolutismo; pero es un absolutismo precario, híbrido y en vías de ser rebasado.

            Precario, ya que las causas que favorecen temporalmente el absolutismo tienen que provocar, a mayor o menor plazo, su disolución

            Híbrido, porque el absolutismo del siglo XVII hace descansar la noción de soberanía simultáneamente sobre los elementos tradicionales (los deberes del monarca, el contrato, la costumbre, las leyes fundamentales del reino) y sobre elementos nuevos (mercantilismo y utilitarismo).

            Anacrónico, ya que, aunque el absolutismo reine, no sin luchas, en la mayor parte de Europa, se derrumba en el país más ampliamente abierto al capitalismo moderno: Inglaterra.

            Por otro lado, la política permanece ideológicamente en la dependencia de la religión cristiana. Y, sobre todo, el equilibrio de las fuerzas sociales, las condiciones materiales y el estado de las técnicas oponen tales obstáculos a la instauración de un poder realmente concentrado, que las tesis absolutistas, susceptibles por lo demás de interpretaciones ampliamente divergentes, encuentran vivísimas oposiciones. Es preciso señalar, además, que los conflictos mezclan siempre las cuestiones religiosas con las cuestiones políticas.

            Hemos de ver como las expresiones del absolutismo reflejan una secularización del pensamiento político cuyos orígenes aparecen ya en la Edad Media.

            El absolutismo se concebió principalmente como la negación del feudalismo. La monarquía absoluta continúa estando limitada por la ley divina y la ley natural, y el que se oponga a la dispersión feudal no significa despotismo[2]y tiranía[3].

            El carácter nacional de las monarquías se afirma claramente en Francia e Inglaterra.

[1]Monarquía: estado regido por un monarca. Régimen político en el que el poder es ejercido por un monarca con carácter vitalicio. Tiempo durante el cual un país se gobierna por ese régimen político.

Monarquía absoluta: aquella que el monarca ejerce su poder sin rendir cuenta de sus actos a nadie.

Monarquía constitucional: aquella en que existe una constitución a la que se ajusta el monarca, y que limita su autoridad. 

[2]Despotismo: autoridad absoluta no limitada por las leyes. Abuso de autoridad, poder o fuerza.

[3]Tiranía: gobierno ejercido por un tirano*. Abuso de cualquier poder, fuerza o superioridad. Dominio excesivo que un afecto o pasión ejerce sobre la voluntad.

*Tirano: gobernante que tenía un poder absoluto particularmente en la antigua Grecia. Se aplica al que ejerce el gobierno de un estado -a veces sin derecho- y lo rige sin justicia y arbitrariamente. Persona que domina a otros abusando de algún poder, fuerza o superioridad. Se aplica a las pasiones o afectos que dominan irremediablemente a alguien.